Prohíben terapias de conversión en Edomex

por Berenice Castillo

Avaló sanciones de uno a tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo comunitario y de 50 a 200 días multa

El Congreso del Estado de México prohibió las terapias que buscan corregir la orientación e identidad sexual de una persona y avaló sanciones de uno a tres años de prisión o de 25 a 100 días de trabajo comunitario y de 50 a 200 días multa a quien someta, coaccione u obligue a otro a recibir este tipo de tratamientos. El trabajo de la LX Legislatura desembocó en que el Estado de México sea la segunda entidad en prohibir este tipo de terapias fraudulentas, algunas de basadas en tratos crueles, inhumanos y degradantes.

La reforma al Código Penal de la entidad, propuesta por la diputada Beatriz García Villegas, en nombre del grupo parlamentario de Morena, especifica que las sanciones aumentarán si la conducta se lleva a cabo contra menores de edad, personas con discapacidad, adultas mayores, privadas de la libertad o que no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho o cuando la víctima sea ascendiente, descendiente, hermano, pupilo, tutor, cónyuge, concubina o concubinario del inculpado, además de que en estos casos el delito se perseguirá de oficio.  

El dictamen, enriquecido con las propuestas de colectivos como Fuera del Clóset y la Red de Defensores de la Diversidad Sexual, indica que estas terapias vulneran los derechos y afectan la integridad física y psicológica de las personas integrantes de la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, travesti, transexuales, intersexual y queer.

Ciudad de México fue la primera entidad del país en prohibir las terapias de conversión por ilegales.  

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