Prohíben pesca con redes tradicionales en hábitat de vaquita marina

por Berenice Castillo

En el inicio de la temporada de camarón; aplica en las comunidades del Golfo de Santa Clara, Sonora y San Felipe, Baja California

Sin negociación o apoyo de por medio, el Gobierno de México decidió prohibir a los pescadores del hábitat de la vaquita marina no solo el uso sino la posesión de sus redes tradicionales, como parte de un Acuerdo entre la Semarnat, Marina y Secretaría de Agricultura, que será publicado a más tardar el viernes 25 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Justo cuando inicia la temporada de camarón en el Alto Golfo de California, las comunidades del Golfo de Santa Clara, Sonora y San Felipe, Baja California se verán impedidas en utilizar las redes conocidas como de enmalle o agalleras, así como fabricarlas, venderlas o transportarlas en un perímetro de 10 kilómetros alrededor de la zona marina.

Los pescadores contarán con 60 días para entregar a la oficina más cercana de Conapesca todas las redes tradicionales que tengan, ya que de lo contrario se les aplicará infracciones, sanciones y requerimientos de acuerdo a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables.

Los encargados de la inspección y vigilancia serán la Secretaría de Marina (Semar), Conapesca y Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), quienes podrán decomisar redes, detener personas y determinar el cierre de la pesca en ciertas áreas.

“Dentro de 90 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de este Acuerdo, cualquier red agallera o de enmalle que se encuentre en posesión de cualquier persona o en cualquier embarcación será inmediatamente retenida de manera precautoria y se dará inicio al procedimiento de calificación de infracciones”, indica el documento.

Los nuevos lineamientos también establecen un “Área de Tolerancia Cero”, que podrá actualizarse o modificarse, donde no se permitirá el tránsito a ningún tipo de embarcación, con patrullaje y vigilancia marítima las 24 horas del día.

También se obliga a todas las pangas o embarcaciones menores con concesión o permiso a tener un sistema de monitoreo satelital a prueba de alteraciones o manipulaciones, instalado y funcionando.

Además, no está permitido realizar pesca nocturna, en un horario comprendido entre las 16:00 horas y las 05:00 horas, estableciéndose ocho sitios autorizados para la salida y el desembarque, donde las pangas serán inspeccionadas sin excepción.

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